Sobre aranceles profesionales

Nota Nº 046/11 sec.

Montevideo, 5 de julio de 2011.
Sr. Presidente del Colegio de Abogados del Uruguay
Dr. Jorge Abramo Vairo
Presente

De nuestra mayor consideración:

La Sociedad de Arquitectos del Uruguay comparte íntegramente lo expresado en el comunicado del Colegio de Abogados del Uruguay de fecha 31 de mayo del corriente y manifiesta su apoyo a lo allí expresado.

La existencia de aranceles profesionales indicativos es una de las razones de la existencia misma de nuestras asociaciones profesionales. Su pertinencia es reconocida incluso para el Poder Judicial que, en innumerables ocasiones, se dirige a las mismas cuando se deben fijar honorarios disputados o impagos y nunca han sido puestos en tela de juicio. Ello no es obstáculo para la libre competencia, no sólo porque no existe en nuestro país la colegiación obligatoria sino porque, además, la misma se debe establecer en cuanto a la excelencia en la prestación de los servicios profesionales y no a su costo.

Además, como bien lo establece el comunicado del CAU, el Poder Ejecutivo no puede inmiscuirse en asuntos que son de competencia exclusiva de nuestras asociaciones en uso de la libertad que nuestro ordenamiento democrático les confiere.

Sin otro particular, lo saludan atentamente.

Arq. Duilio Amándola
Presidente

Arq. Ana Bico Varaldi
Secretaria General