El Comité Especializado de Accesibilidad en UNIT (en el que SAU está representada desde siempre) comenzó a trabajar en la revisión de la Norma UNIT 200, norma que es de aplicación obligatoria en la Reglamentación Departamental de Montevideo (RES. 898/14). Además de coordinar la Comisión de Accesibilidad de SAU en UNIT, realizo la secretaría técnica del Comité Especializado.
Compartimos comunicado de UNIT
La rampa
Imprescindible para el desplazamiento de las personas usuarias de sillas de ruedas, llevando coches de bebés, carritos de compras, entre otros.
Los espacios urbanos, los edificios y los medios de transporte deben ser inclusivos de manera de permitir que todas las personas, aún aquellas con alguna discapacidad, puedan desplazarse con la mayor facilidad y así poder capacitarse, trabajar y tener sus esparcimientos, por eso es muy importante cualquier medida que se tome en ese sentido.
Ante ello, UNIT convocará a representantes de organismos gubernamentales e instituciones, a participar en las reuniones de su Comité de Accesibilidad, con el objetivo de la revisión 2018 de la norma UNIT:200 Accesibilidad de las personas al medio físico. Criterios y requisitos generales de diseño para un entorno edificado accesible.
Esta próxima revisión atenderá focalmente el cuadro de pendientes de rampas, procurando redefinir pautas técnicas que simplifiquen y faciliten su aplicación, además de contribuir a poner a disposición de todos los usuarios y también de los organismos de regulación y diseñadores, un instrumento técnico homogéneo, sistemático y eficiente.
La revisión atenderá también la precisión en la redacción de otros criterios y parámetros técnicos ya considerados y pendientes de incorporar a la norma técnica vigente.
La Intendencia de Montevideo regula la Accesibilidad al Medio Físico para este Departamento, mediante la Reglamentación 898/14 y el Decreto 34650/13. Tales disposiciones refieren – en aspectos estrictamente técnicos – a la norma UNIT:200.
Según la Resolución No. 5189/03, se formó la Comisión de integración tripartita (Intendencia de Montevideo –Sociedad de Arquitectos del Uruguay -UNIT) que además de participar activamente en la redacción del Decreto y de la Reglamentación vigentes, habiendo contado con un valioso aporte de APPCU (Asociación de Promotores Privados de la Construcción del Uruguay), continúa en actividad colaborando con el seguimiento de su aplicación, definición de criterios de interpretación y futuros ajustes, así como en el análisis de casos específicos de proyectos en gestión.
La ley nacional Nº 18.651 del 19 de febrero de 2010, ley sobre protección integral de personas con discapacidad, también hace referencia a la norma UNIT 200, como instrumento técnico para la aplicación de tales disposiciones legales vigentes.
No solo se trata de regular y normalizar técnicamente. Es destacable la multiplicidad de ejemplos de aplicación concreta de la reglamentación vigente. Los nuevos proyectos de arquitectura e intervención urbana, gestionados a partir de la vigencia de la Reglamentación 898/14, son celosamente controlados por la IM, incorporando las determinantes de dicha Reglamentación. Pero además, la propia IM ha puesto en marcha el 1er Plan de Accesibilidad de Montevideo, con base en los principios presentados en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y la Ley sobre protección integral de personas con discapacidad de Uruguay, N° 18.651. Ya se pueden visualizar ejemplos importantes de esta realidad en marcha. Esta implementación cuenta con valiosos antecedentes como el Compromiso de Accesibilidad de 2011. UNIT también participó en la realización de obras concretas, tales como la Adecuación de los desniveles en el itinerario urbano de la Plaza Independencia, en convenio con la IM y otras realizaciones. Además, desarrolla en forma continua un programa de certificación gratuita de realizaciones accesibles y un programa de capacitación periódico.